Juez de Faltas Municipal y Secretario Letrado del Juzgado de Faltas

El Juez Administrativo de Faltas será designado por el Concejo Deliberante mediante concurso de antecedentes y oposición por una plazo de cinco (5) años en su cargo. El procedimiento para el concurso será fijado por ordenanza 8573 y Resolución Presidencial N° 321. El Secretario Letrado del Juzgado de Faltas Municipal será designado y removido por el mismo procedimiento previsto para el Juez Administrativo de Faltas. En sesión especial, luego de realizadas las entrevistas, convocada a tal fin,  en función de sus antecedentes, méritos, calidades morales y ciudadanas,  requiriéndose el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros en forma nominal. En caso de no alcanzarse dicha mayoría especial, se aprobará con mayoría simple de sus miembros, entre los dos candidatos más votados.

 

Registro de postulantes para los cargos de Juez/a de Faltas Municipal y Secretario/a Letrado/a del Juzgado de Faltas.

 

Plazo de Inscripción: del 08 de Septiembre al 07 de Octubre inclusive 

 

Requisitos:

  • Edad Mínima 30 años (Articulo 91 COM), Edad Límite la prevista por la Ley Provisional para acceder al beneficio de la jubilación.

  • Nacionalidad: argentino/a nativo/a, naturalizado/a o por opción.

  • Titulación exigible: Abogado/a. La antigüedad en el ejercicio de la profesión se considerará a partir de la fecha de expedición del título de abogado. Cinco (5) años de ejercicio de la abogacía o de la magistratura o cargo/función judicial y los requisitos exigidos para los/as Concejales/as. (Articulo 91 y 52 COM).

  • Certificado del Registro Nacional de Reincidencia, cuya fecha de emisión sea posterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

  • Certificado/constancia de no estar en el Registro de deudor/a de alimentos (REDAM), el mismo puede ser solicitado en Jefatura de Gabinete y Gobierno Municipal.

  • Los/as postulantes que se desempeñen o se hubiesen desempeñado como Magistrados o funcionarios judiciales, informe del área competente sobre la existencia o no de sanciones de cualquier tipo.

  • Si esta matriculado/a, acompañar una certificación del Colegio de Abogados de la matricula que haga constar si le han sido aplicada sanciones por el Tribunal de Ética.

  • Certificado de aptitud psicofísica.

 

Incompatibilidades e inhabilidades:

Las inhabilidades e incompatibilidades del Juez de Faltas son las fijadas por el Artículo 52º de la Carta Orgánica Municipal.

Lugar, días y horarios en donde requerir información: Concejo Deliberante de Viedma. Dirección de Asesoría Legal y Técnica, Buenos Aires 320 Viedma, Río negro. TEL: 2920- 431400 Int. 313, de Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 hs. E-mail legales@concejoviedma.gov.ar

 

Presentación postulantes:

1- Formulario de Inscripción.

2- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad.

3- Curriculum Vitae del/la candidato/a con copia certificada de antecedentes laborales y de formación invocados. Certificado que acredite toda formación de grado o posgrado, maestría, especializaciones, capacitaciones, publicaciones, etc, si las hubiere.

4- Fotocopia certificada del título/s profesional, debidamente legalizado.

5- Nota dirigida a la Presidenta del Concejo Deliberante.

6- Declaración Jurada del/la aspirante, de no estar incurso en ninguna de las inhabilidades establecidas por Carta Orgánica.

7- Propuesta de Trabajo Monográfico. Condiciones de presentación establecidas en la Resolución N.º 231/22

8- Toda otra documentación que este dentro de los requisitos.

DESCARGAS:

☑️ Orden de Mérito de Juez y Secretario

☑️ Listado Juez/a y Secretario/a de Faltas

☑️ Resolución de Presidencia Nro. 255-22 Prórroga

☑️ Formulario de Inscripción

☑️ Resolución de Presidencia N° 231- 22

☑️Resolución 234 Inscripción y Cierre del Cargo

☑️ Ordenanza Nro5887

☑️ Ordenanza Nro. 8572

importante

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